
Artículo 52.
El Secretariado de Pastoral de la Salud es el órgano diocesano encargado de la dinamización de la pastoral de la salud.
Estará dirigido por un Delegado o Director y asesorado por un equipo en el que estén representadas asociaciones y congregaciones relacionadas con a la atención a los enfermos, capellanas de hospitales, etc.
Sus tareas principales son:
1. Promover la iluminación cristiana de la salud y de la enfermedad.
2. Sensibilizar a la comunidad cristiana sobre el cuidado a los enfermos.
3. Cuidar la atención personal y formativa de los agentes de pastoral de la salud (capellanes, profesionales de la salud...).
4. Promover los Movimientos cristianos de enfermos y de profesionales de la salud.
5. Potenciar en las parroquias y arciprestazgos la creación de grupos de voluntarios de atención a los enfermos y sus familias.
6. Organizar las Jornadas Diocesanas de la Salud.
7. Participar en los organismos eclesiales, regionales y nacionales.
El Secretariado de Pastoral de la Salud es el órgano diocesano encargado de la dinamización de la pastoral de la salud.
Estará dirigido por un Delegado o Director y asesorado por un equipo en el que estén representadas asociaciones y congregaciones relacionadas con a la atención a los enfermos, capellanas de hospitales, etc.
Sus tareas principales son:
1. Promover la iluminación cristiana de la salud y de la enfermedad.
2. Sensibilizar a la comunidad cristiana sobre el cuidado a los enfermos.
3. Cuidar la atención personal y formativa de los agentes de pastoral de la salud (capellanes, profesionales de la salud...).
4. Promover los Movimientos cristianos de enfermos y de profesionales de la salud.
5. Potenciar en las parroquias y arciprestazgos la creación de grupos de voluntarios de atención a los enfermos y sus familias.
6. Organizar las Jornadas Diocesanas de la Salud.
7. Participar en los organismos eclesiales, regionales y nacionales.
































